Las empresas que ayuden a proteger el medio ambiente tendrán beneficios tributarios
Entre los beneficios están los descuentos y exenciones sobre impuesto de IVA y renta, y la exención de derechos arancelarios.
Iniciar el
camino de acción climática les permitirá a las organizaciones ser más
productivas, eficientes y competitivas en un mercado que va migrando hacia la
sostenibilidad.
El Gobierno Nacional, a través del
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, entre otras entidades, promueve
beneficios tributarios para las organizaciones interesadas en proteger el
ambiente y avanzar hacia una economía baja en carbono.
Implementar en una organización
planes direccionados a la acción climática y a la protección del ambiente es
una decisión estratégica que permite proteger cadenas de producción y los
portafolios de inversión, ante los efectos del cambio climático; a su vez,
puede abrir oportunidades de mercado, ya que los países cada vez más están
exigiendo productos sostenibles y de bajas emisiones, entre otras
características.
“Los efectos del cambio climático
pueden afectar significativamente el proceso productivo de una empresa y toda
su cadena de valor. Por esa razón, es fundamental que las organizaciones
inicien su transición para realizar acciones que les permitan adaptarse a estos
efectos y asegurar sus activos, los procesos productivos, mejorar su reputación
y aumentar su competitividad en un mundo que cada vez adquiere más conciencia
en lo climático, en lo ambiental en general”, dijo Carlos Eduardo Correa,
ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Según la Encuesta Nacional de
Percepción Misión de Crecimiento Verde, realizada por el Departamento Nacional
de Planeación en 2018, en los últimos cinco años el 66,2 % de las empresas en
Colombia se han visto afectadas por los cambios en el clima.
Así se benefician:
- Descuento del Impuesto sobre la Renta por las inversiones en control, conservación
y mejoramiento del medio ambiente.
- Rentas exentas para la venta de energía
generada con recursos eólicos, biomasa o
residuos agrícolas, que generen reducciones de Gases de Efecto Invernadero
(GEI) y vendan los certificados de reducción de emisiones de dióxido de
carbono, también los ingresos obtenidos de los servicios de ecoturismo.
- Exclusiones al IVA para los bienes que se venden en el
territorio nacional asociados al desarrollo de actividades que generan
impactos ambientales positivos:
- equipos y elementos
para sistemas de control y monitoreo Ambiental
- equipos para
reciclar y procesar basuras, depuración y tratamiento de aguas residuales,
emisiones atmosféricas o residuos sólidos.
- proyectos que
reduzcan las emisiones de GEI
- equipos necesarios
para reconvertir vehículos a gas natural
- Tarifa preferencial
del IVA (5 %) para los bienes y servicios cuya producción o consumo genera
impactos ambientales positivos, como vehículos eléctricos, híbridos e
híbridos enchufables para el transporte de mercancías y para usos
especiales: taxis automóviles eléctricos, motocicletas y bicicletas
eléctricas, acumuladores, inversores y cargadores de baterías de vehículos
eléctricos.
- Incentivos
específicos para proyectos (equipos y servicios) de Fuentes No
Convencionales de Energía Renovable (FNCE).
- Descuento de renta
a la producción de energía con FNCE y gestión eficiente de la energía
(deducción del 50 % del total de la inversión realizada).
- Exclusión del IVA a
FNCE.
- Exención del pago
de derechos arancelarios FNCE.
- Incentivos para
proyectos de Gestión Eficiente de la Energía (GEE).
- Descuento en el
impuesto de renta del 25 % de la inversión realizada en proyectos de GEE.
- Exclusión de IVA en
la compra de equipos o maquinaria que se destine al proyecto GEE.
- Descuento del
impuesto de renta del 50 % de la inversión realizada en el proyecto GEE en
un periodo de hasta 15 años.
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